III. En atención a lo manifestado en el escrito a despacho y en uso de las facultades conferidas por el art. 29 del CCAyT, convócase a las partes –junto con sus letrados- a la audiencia virtual que se celebrará el día lunes 3 de agosto de 2020 a las 13 hs.
Asimismo, convócase a dicha audiencia al Ministro de Cultura de la Ciudad de Buenos Aires –o a quien éste designe en su representación con facultades para la toma de decisiones-, encomendándose su notificación al representante de la Procuración General de la Ciudad de Buenos Aires.
A los fines aquí dispuestos, remítanse por Secretaría correo electrónico a las partes y al Ministerio Público Fiscal con los datos de enlace para la conexión a la plataforma digital y clave de ingreso a la audiencia. De ser necesario, comuníquese a la Actuaria telefónicamente con los integrantes del proceso a los fines de especificar y coordinar los detalles de la conexión.
IV. A tal fin, hágase saber a la parte actora que deberá denunciar en autos sus datos de contacto (teléfono o correo electrónico).
Asimismo, convócase a dicha audiencia al Ministro de Cultura de la Ciudad de Buenos Aires –o a quien éste designe en su representación con facultades para la toma de decisiones-, encomendándose su notificación al representante de la Procuración General de la Ciudad de Buenos Aires.
A los fines aquí dispuestos, remítanse por Secretaría correo electrónico a las partes y al Ministerio Público Fiscal con los datos de enlace para la conexión a la plataforma digital y clave de ingreso a la audiencia. De ser necesario, comuníquese a la Actuaria telefónicamente con los integrantes del proceso a los fines de especificar y coordinar los detalles de la conexión.
IV. A tal fin, hágase saber a la parte actora que deberá denunciar en autos sus datos de contacto (teléfono o correo electrónico).