La Justicia de la Ciudad de Buenos Aires Frena la Demolición del Histórico Puente de la Calle Ciudad de la Paz
Buenos Aires, 17 de octubre de 2025 – El Juzgado de Primera Instancia en lo Contencioso Administrativo y Tributario N° 15 de la Ciudad de Buenos Aires ha dictado una medida cautelar que ordena al Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires (GCBA) y a la empresa Autopistas Urbanas Sociedad Anónima (AUSA) suspender de forma inmediata cualquier acto de desarme o demolición del Puente Vehicular Ciudad de la Paz. La decisión judicial responde a una acción de amparo colectivo presentada por las organizaciones de la sociedad civil "Asociación Civil Observatorio del Derecho a la Ciudad", "Asociación Civil Basta de Demoler" y El Movimiento La Ciudad Somos Quienes La Habitamos, con el objetivo de proteger el valor patrimonial de esta estructura centenaria.
Con el patrocinio del abog. Jonatan Baldiviezo (candidato a Defensor del Pueblo de la Nación).
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El fallo, firmado por el juez Victor Rodolfo Trionfetti, reconoce la verosimilitud del derecho invocado por los demandantes y el peligro que implicarÃa la demora en una decisión de fondo, dada la licitación en curso para la construcción de un nuevo puente que implicaba la demolición del actual.
Antecedentes del Caso
Las asociaciones civiles iniciaron la acción de amparo para proteger el puente, construido en 1918, argumentando que se encuentra protegido legalmente al estar incluido en el Catálogo Preventivo de Inmuebles Patrimoniales de la Ciudad desde 2017 por la Resolución N°111-SSREGIC-17. Los demandantes señalaron que el Poder Ejecutivo incumplió durante ocho años su obligación de enviar a la Legislatura porteña el proyecto de ley para su catalogación definitiva.
Además, sostuvieron que la demolición viola el principio de no regresión en materia ambiental y cultural, y que existen alternativas técnicas viables para su rehabilitación que compatibilizan la seguridad con la conservación del patrimonio, como las propuestas por ingenieros contratados por el propio GCBA.
Por su parte, el GCBA y AUSA argumentaron que el puente presentaba una "falla estructural con riesgo de colapso", lo que motivó su cierre en enero de 2023. Propusieron un plan de dos etapas: una rehabilitación provisoria (finalizada en marzo de 2025) y el posterior reemplazo por una estructura nueva con mayores prestaciones. Para ello, habÃan solicitado al Consejo Asesor de Asuntos Patrimoniales (CAAP) la baja del puente del catálogo preventivo.
Punto de Inflexión: La Decisión del Consejo Asesor de Patrimonio
Un hecho clave en el proceso fue la reunión del CAAP del 23 de septiembre de 2025. En dicha sesión, el consejo, con voto mayoritario de sus miembros —que incluyen a representantes de la Legislatura, universidades, consejos profesionales y organismos de patrimonio—, decidió rechazar la solicitud de descatalogación y ratificar la protección patrimonial del puente.
Detalles de la Sentencia Judicial
En su resolución, el juez Trionfetti dispuso:
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Hacer lugar a la medida cautelar: Se ordena la suspensión de cualquier tipo de modificación, desarme o demolición sobre la estructura del puente hasta que se dicte una sentencia definitiva.
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Mantenimiento garantizado: La orden no impide que el GCBA y AUSA realicen las tareas de mantenimiento y seguridad necesarias para la preservación y utilización del puente.
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Obligación de envÃo a la Legislatura: La petición para que se ordene al Ejecutivo remitir el proyecto de ley para la catalogación definitiva será analizada con la cuestión de fondo del amparo.
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Solicitud de información: El juez requirió al GCBA y a AUSA la remisión de expedientes administrativos y todos los informes técnicos, estudios propios y registros de reuniones que fundamentaron la decisión de proponer el reemplazo del puente. También se solicitó a la CNRT que aporte una nota clave emitida en agosto de 2025.
El fallo subraya que, en casos que involucran bienes colectivos como el patrimonio cultural y el ambiente urbano, el requisito de peligro en la demora se interpreta con un estándar menos estricto, ya que su destrucción conllevarÃa un daño irreparable.
Esta decisión judicial representa una importante victoria para las organizaciones dedicadas a la defensa del patrimonio de Buenos Aires y sienta un precedente crucial para la protección de bienes culturales en la ciudad.
La Ing. MarÃa Eva Koutsovitis, de El Movimiento La Ciudad Somos Quienes La Habitamos, manifestó: "Esta sentencia es un freno a la demolición de la historia y un claro recordatorio de que la protección del patrimonio no es opcional, sino una obligación legal. La justicia ha priorizado el interés público y la memoria colectiva por sobre una decisión administrativa que buscaba el camino más rápido, pero irreversible. Este fallo es un triunfo de la ciudadanÃa organizada. Sin su intervención, este puente centenario, parte del paisaje y la identidad de un barrio, estarÃa hoy sentenciado a desaparecer".
El Abog. Jonatan Baldiviezo, fundador del Observatorio del Derecho a la Ciudad, expresó: "La sentencia obliga al Gobierno a abandonar la narrativa de que para tener seguridad hay que demoler. Los propios informes técnicos mencionados en la causa, incluso de expertos contratados por el GCBA, demuestran que la rehabilitación del puente es posible. La justicia abre la puerta a soluciones inteligentes que compatibilizan la preservación histórica con las necesidades actuales. Al ordenar la suspensión de la demolición y del proceso licitatorio que la incluÃa, la sentencia protege no solo al Puente Ciudad de la Paz, sino que también establece un estándar de conducta para la administración en casos futuros. Cualquier intento de avanzar sobre un bien catalogado sin haber agotado las instancias legislativas correspondientes se enfrentará ahora a este sólido antecedente judicial".
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