Luego del pedido de medida cautelar que realiz贸 el Observatorio del Derecho a la Ciudad, el Juez Guillermo Scheibler orden贸 la siguiente PRECAUTELAR:
X. Asimismo, a fin de garantizar el objeto de la presente acci贸n en virtud el principio precautorio que rige en la materia (art. 4掳, ley 25.675), en uso de las facultades atribuidas a los jueces por el art铆culo 32 in fine de la ley 25.675, corresponde ordenar a la demandada, GOBIERNO DE LA CIUDAD DE BUENOS AIRES, como medida precautelar que por donde corresponda disponga la inmediata paralizaci贸n de las obras de remoci贸n de las ciclov铆as ubicadas en las calles Tucum谩n y Marcelo T. de Alvear de esta ciudad hasta tanto se acompa帽en a la causa las actuaciones administrativas solicitadas en el punto IX del presente prove铆do y se resuelva respecto de la medida cautelar solicitada.
Asi tambi茅n, corri贸 traslado al GCBA por el t茅rmino de dos (2) d铆as. Asimismo, en id茅ntico plazo le requiri贸 la remisi贸n de la totalidad de las actuaciones administrativas (estudios, informes, actos administrativos, etc.) que dieron origen a las tareas de remoci贸n de las ciclov铆as ubicadas en la calle Tucum谩n de esta ciudad.
Contacto: Abog. Jonatan Baldiviezo (Whatsapp 1132667008)