✅ Frente al INCUMPLIMIENTO del GCBA de la MEDIDA CAUTELAR que le ordenaba garantizar COMPUTADORA e INTERNET a sus estudiantes, denunciado por ▶️ el Observatorio del Derecho a la Ciudad (ODC), ▶️ la Cátedra de Ingeniería Comunitaria (CLIC), ▶️ el IPYPP y ▶️ el Frente Salvador Herrera, el 29 de junio el Juez Roberto A. Gallardo dictó SENTENCIA ordenando:
📌 1º) Crear el “Registro Judicial de Estudiantes con Necesidades Informáticas no Satisfechas” para que los estudiantes realicen el pedido de computadoras e internet directamente al Tribunal.
📌 2º) Las solicitudes de inclusión en el Registro deberán ser enviadas a dirección de correo electrónico a: juzgadocayt2.registro@jusbaires.gob.ar
Diariamente el Tribunal publicará en el expediente electrónico la nómina de los inscriptos y demás datos colectados.
📌 3º) El Juzgado se contactará con las autoridades de los establecimientos educativos de la CABA y con las Comunas, para encomendarles la difusión de este mecanismo, la recepción de las solicitudes y su remisión al Registro creado por el Juzgado.
📣 INSTRUCTIVO DE INSCRIPCIÓN PARA SOLICITAR COMPUTADORA E INTERNET
según sentencia judicial de fecha 29 de Junio de 2020.
REGISTRO JUDICIAL DE ESTUDIANTES CON NECESIDADES INFORMÁTICAS NO SATISFECHAS
✅ La inscripción se efectúa mediante comunicación vía correo electrónico al Juzgado en lo Contencioso Administrativo y Tributario de la Ciudad N° 2 a la siguiente dirección: juzgadocayt2.registro@jusbaires.gob.ar
✅ ¿Quiénes pueden enviar MAIL?:
🖋 a) Los estudiantes que asistan a establecimientos educativos de gestión pública o de gestión privada de cuota cero o sus representantes legales.
🖋 b) Las entidades presentadas en autos en carácter de coactores.
🖋 c) Los docentes y personal directivo y de supervisión de los establecimientos educativos dependientes del GCBA.
✅ Deberán enviar por mail la SOLICITUD de INSCRIPCIÓN con el siguiente CONTENIDO (Propuesta de Mail):
“Al Juzgado en lo Contencioso Administrativo y Tributario N° 2, en virtud de las Medidas Cautelares dictadas el 8, el 16 y el 29 de junio de 2020, en los expedientes judiciales acumulados Exptes. N° 3264-2020/0, N° 3747-2020/0, N° 3807-2020/0 y N° 4012-2020/0, vengo a solicitar una computadora y acceso libre y gratuito a internet.
A) Nombre y apellido completo, Documento de Identidad del alumno/a y edad:
Nombre y apellido completo y Documento de Identidad de sus representantes legales:
Detallar el vínculo del representante legal con el alumno/a:
(Si es posible acompañar copia anverso y reverso de los DNI de ambos)
B) DOMICILIO real (indicar si es el caso que vive en una villa, barrio de emergencia o asentamiento):
C) ESTABLECIMIENTO educativo (indicar de nivel y sección):
D) DECLARACIÓN JURADA: Declaro que integro el colectivo de sujetos amparados por la medida cautelar vigente en autos, es decir, soy alumno/a que asiste a un establecimiento educativo de la CABA, ya sea de gestión pública o de gestión privada de cuota cero, en situación de vulnerabilidad social y que no tengo acceso a un equipo informático acorde a mis necesidades pedagógicas y a internet.
E) ACREDITACIÓN DE LA VULNERABILIDAD SOCIAL:
E.1. Residencia en villas, barrios de emergencia y/o asentamientos de la CABA (Si tu domicilio es en estos barrios y está actualizado en el DNI, si es posible, acompaña copia del DNI del estudiante)
o
E.2. Adjuntar copia de percepción de algún plan, beca, subsidio o programa social del GCBA o del Estado Nacional por parte de algún integrante de la familia.
o
E.3. Acompañar informe socio ambiental que dé cuenta de la situación de vulnerabilidad social.
F) CONTACTO (mail, whatsapp o teléfono):”