🔥 INFORMACIÓN DEL GCBA PARA QUE LAS FAMILIAS CON VULNERABILIDAD ALIMENTARIA PUEDAN SOLICITAR SERVICIOS ALIMENTARIOS DURANTE EL RECESO DE VERANO 2021.
https://www.buenosaires.gob.ar/educacion/estudiantes/familias/alimentacion-saludable/receso-de-verano-2021-informacion-importante
▶️ Esta comunicación se realiza en cumplimiento de una sentencia judicial (https://buff.ly/3rVBMce) en el marco de una acción judicial “UNION DE TRABAJADORES DE LA EDUCACION - CAPITAL Y OTROS c/ GCBA s/ AMPARO - ASISTENCIA ALIMENTARIA Y OTROS SUBSIDIOS” (Expte. Nº 183659-2020/0) presentada por:
La Unión de Trabajadores de la Educación – Capital (UTE).
El Observatorio del Derecho a la Ciudad (ODC).
La Cátedra de Ingeniería Comunitaria de la FIUBA (CLIC).
La APDH – Regional CABA.
El IPYPP.
La CTAA-Capital
La Defensoría de Laburantes.
Consulta: 1532667008 / observatorioderechoalaciudad@gmail.com
▶️ Las familias que requieran soporte alimentario durante el receso de verano podrán solicitar ingresar a los siguientes PROGRAMAS:
1. Ciudadanía Porteña.
2. Ticket Social.
3. Espacios comunitarios dependientes del “Programa de Apoyo, Consolidación y Fortalecimiento a Grupos Comunitarios”.
📌 1. “CIUDADANÍA PORTEÑA’’. CON TODO DERECHO”, LEY N° 1878 (Reglamentación Decreto N° 249/2014)
Consiste en una prestación monetaria mensual por hogar beneficiario, destinada a la adquisición exclusiva de productos alimentarios, elementos indispensables para la higiene, limpieza del hogar y combustión necesaria para la cocción y útiles escolares.
✅ CONSULTAS: 4867-6997 / 6902 / 6941.
✅ BENEFICIARIOS/AS: Artículo 4° de la Ley N° 1878
Son beneficiarios del programa en el siguiente orden de prelación y conforme la aplicación del índice de vulnerabilidad:
a. Hogares cuyos ingresos resultan hasta un 25% por encima de la línea de indigencia.
b. Hogares cuyos ingresos resultan superiores al previsto en el inciso anterior y hasta la línea de pobreza, con hijos a cargo de hasta dieciocho (18) años de edad, mujeres embarazadas, adultos mayores de 65 años o personas con necesidades especiales.
c. Hogares cuyos ingresos resultan superiores al previsto en el inciso a) o no se encuentran en las condiciones del inciso b), según el grado de intensidad en función de la demanda efectiva para este programa.
✅ MODALIDAD DE INSCRIPCIÓN:
1. Vía correo electrónico a inscripcionescp@buenosaires.gob.ar.
2. Presencialmente en los siguientes Servicios Sociales Zonales con la documentación detallada, previa asignación de turno.
SSZ 1: Piedras 1277, San Nicolás. 4361-3590.
SSZ 3: Av. San Juan 2353, San Cristóbal. 4308- 0289.
SSZ 4E: Cnel. Salvadores 799, La Boca. 4303-1393.
SSZ 5: Cochabamba 4048, Boedo.
SSZ 7: Yerbal 2457, Flores. 4613-5513.
SSZ 12: Charlone 1563, Villa Ortúzar. 4553-5685.
SSZ 15: Almirante F.J. Seguí 2125 PB, La Paternal. 4581-1373.
✅ En el `ASUNTO´ deberán indicar: “Inscripción Ciudadanía Porteña/Ticket Social – Amparo Colectivo”.
✅ En el CUERPO del correo electrónico deberá detallar:
1. Número de DNI o Residencia Precaria vigente, de la titular e integrantes del hogar.
2. Número de CUIL, de la titular e integrantes del hogar.
3. Nombre y Apellido de la titular e integrantes del hogar.
4. Fecha de nacimiento de la titular e integrantes del hogar.
5. Domicilio del hogar.
6. Teléfono de contacto.
7. En caso de poseer integrantes del hogar mayores de 18 años, deberán especificar si poseen empleo o no.
8. En caso positivo, deberán detallar el monto del ingreso mensual.
9. En caso de poseer integrantes inscriptos el régimen de monotributo, deberán especificar la categoría.
10. En caso de poseer integrantes, cualquiera sea su edad, que perciban Pensión o Jubilación, deberán detallarlo y especificar monto.
✅ Deberán adjuntar la siguiente documentación:
1. Foto de ambas caras de DNI o Residencia Precaria vigente de la titular e integrantes del hogar.
2. Certificado de Domicilio actualizado expedido por la Policía de la Ciudad a nombre de la titular, u otro documento que acredite el domicilio a nombre de la titular (Servicio; Recibo de pago alquiler o de Hotel; Contrato de Alquiler; Título de propiedad; Certificado de Parroquia en caso de domicilio en Barrio).
3. Credencial de CUIL de la titular e integrantes del hogar.
4. Certificado de Discapacidad, en caso de corresponder.
5. Partida de nacimiento de todos los menores de 0 a 18 años de edad.
6. Certificación Negativa o Recibo de sueldo o Comprobante de Monotributo o Recibo de Jubilación o Recibo de Pensión, de la titular e integrantes del hogar, según corresponda.
Cumplida dicha instancia, el Programa se encontrará en condiciones de determinar si corresponde el otorgamiento del beneficio reclamado.
✅ INCOMPATIBILIDAD: Este programa es incompatible con la percepción de la Asignación Universal por Hijo y la Asignación Universal por Embarazo.
📌 2. “TICKET SOCIAL”, DECRETO N° 800/2008 (MODIFICATORIO DECRETO Nº 154/2013 Y REGLAMENTADO POR RESOLUCIÓN N° 889/MDSGC/2013)
El Programa Ticket Social está destinado a la población de la Ciudad con el objetivo de fortalecer el consumo de alimentos de las familias que se encuentren en situación de inseguridad alimentaria, facilitando el acceso a las familias a alimentos, productos de limpieza y aseo personal.
El Programa Ticket Social se materializará mediante la entrega de chequeras de tickets, tarjetas magnéticas o cualquier otro medio electrónico alternativo apto para efectivizar la entrega del beneficio.
✅ CONSULTAS: números 4300-5217 / 4304-9606
✅ BENEFICIARIOS/AS: Familias residentes en la Ciudad de Buenos Aires que se encuentren bajo la línea de pobreza conforme a los criterios y datos publicados por el Instituto Nacional de Estadísticas y Censos (INDEC).
✅ MODALIDAD: Se encuentran habilitadas la vía digital y presencial de acuerdo a lo detallado para el “Programa Ciudadanía Porteña. Con todo derecho”.
Inscripción personal de forma presencial con la documentación detallada, en la sede del Programa “Ticket Social” sita en la Av. Entre Ríos 1492, Boxes D, de lunes a viernes de 9:00 a 15:00hrs.
✅ INCOMPATIBILIDAD: Incompatible con la percepción de la Asignación Universal por Hijo y la Asignación Universal por Embarazo.
📌 3. ESPACIOS COMUNITARIOS DEPENDIENTES DEL “PROGRAMA DE APOYO, CONSOLIDACIÓN Y FORTALECIMIENTO A GRUPOS COMUNITARIOS”, LEY N° 2.956.
A los fines de acceder a los cupos existentes en los espacios comunitarios bajo el Programa se debe concurrir a las oficinas de la Gerencia Operativa antes mencionada, que se encuentran en el Ministerio de Desarrollo Humano y Hábitat, sito en Av. Piedra Buena 3280, 1º piso de esta CABA, en el horario de atención de 8 hs a 14 hs. o bien, mediante comunicación telefónica a los teléfonos 4307-6744; 4307-2108; 4300-9926 en el horario de atención de 8 hs a 15 hs.
En dicha visita, el equipo técnico de la Gerencia Operativa realizará una evaluación a los fines de, en el caso de cumplirse los presupuestos necesarios, derivar al solicitante y/o su grupo familiar a un espacio comunitario cerca de su domicilio.