En la causa judicial caratulada “Elecciones Barrio Carlos Mugica (31/31 BIS c/ GCBA s/ Otros Procesos Incidentales – Otros”, Expte. N° 31699-2008/122, el Juzgado de 1ra Instancia en lo CAyT N° 4, el 30 de marzo de 2021 aprobó:
A. El Texto Ordenado 2021 del Reglamento para la Elección de Representantes del Barrio “Padre Carlos Mugica”:
B. El Cronograma Electoral:
C. Las Pautas para la realizaciĂłn de los Actos Pre Electorales.
Desde el 7 de abril al 9 de abril se podrán realizar observaciones al padrón electoral.
El Barrio subdivide en los siguientes Sectores:
1. Comunicaciones: 28 - 28bis - 29 - 30 (La toma)
2. Cristo Obrero: 104 - 12- 13 - 11 - 14 - Containera (1-2)
3. Ferroviario: 5 - 6 - 7 - 8 - 9 - 100bis
4. YPF: 25 - 25bis - 27 - 26 - 23 - 24 - 22 - 33A - 32A
5. PlayĂłn Oeste: 3 - 4 - 101 - 100 - 103 - 106 - G1A - G2
6. Güemes: 1 - 2 - 3 - 4 - 5 - 6 - 7 - 8 - 9 - 10 - 11 - 12 - 13 - 14 - 15 - 16 - 17 - 18 - 19 – 20
7. PlayĂłn Este: 1 - 2 - 10 - 99A - 102A - 105 - 107
8. San Martin: 108 - 109 - 110 - 111 - 112 - 113 - 114 - 115 - 116 - 117 - 118
9. Inmigrantes: 21
10. Vivienda Nueva - Bajo Autopista: 15bis - 34 - 35- 36 - 32B - 33B - 99B - 102B - G1B. Todo/as los/as habitantes de las Viviendas Nuevas del Sector YPF, que se encuentren habilitados/as para votar según los requisitos establecidos en el Art. 10 del presente reglamento, votarán de acuerdo a las manzanas de origen donde se encuentren empadronados/as.
Se elegirá a razón de un/a Delegado/a por manzana, cuando ésta no supere las (300) trescientas personas empadronadas, incrementándose en un (un/a) delegado/a si la población empadronada es superior a dicho número.
El mandato de los/as Delegados/as de Manzana durará dos (2) años.
La cantidad de Delegados/as integran el Cuerpo de Delegados/as.
Cada Sector del Barrio Padre Carlos Mugica contará con una Junta de Sector conformada por la totalidad de Delegados/as electos/as en las Manzanas que lo componen. La toma de decisiones se realizará por consenso, en caso de no lograrlo, será mediante votaciĂłn por mayorĂa simple de los miembros presentes.
Dentro de los treinta (30) dĂas hábiles subsiguientes a la promulgaciĂłn de los/as Delegados/as de Manzana en sus cargos, la Junta de Sector deberá elegir entre sus miembros un/a (1) representante para ser designado/a Consejero/a de Sector. El mandato del/la Consejero/a durará un (1) año y podrá ser reelegido/a. Asimismo, deberá elegir un/a (1) suplente por cada consejero/a, quien será el/la encargado/a de reemplazarlo/a en el ejercicio de sus funciones cuando no pueda ejercerlas con normalidad, ya sea por ausencia, viaje, enfermedad o causa de fuerza mayor.
Para ser candidato se debe presentar el aval de 50 vecinos/as empadronados/as de la manzana Se exceptúa a los/as candidatos/as de aquellas manzanas que registren una cantidad inferior a 50 electores/as. Dicho requisito se tendrá por satisfecho con la presentación del aval a la candidatura de por lo menos el 20% del total de personas empadronadas en la manzana.
Todo/as los/as habitantes de las Viviendas Nuevas del Sector YPF, que se encuentren habilitados para votar según los requisitos establecidos en el Art. 10 del reglamento, votarán de cuerdo a las manzanas de origen donde se encuentren empadronados/as.” lo cual se complementa con la escisión de manzanas “A y B” prevista en la reforma del art. 4 y la inclusión de las subdivisiones “B” al sector “Vivienda Nueva - Bajo Autopista”.
En virtud de la situación sanitaria producto de la propagación del virus COVID-19, a los fines de la realización de las Elecciones previstas para el año 2021, se conformarán CIRCUITOS ELECTORALES, de acuerdo al siguiente detalle:
a) Circuito Electoral N° 1: integrado por los Sectores Comunicaciones, Ferroviario y Cristo Obrero.
b) Circuito Electoral N° 2: integrado por los Sectores Güemes e Inmigrantes.
c) Circuito Electoral N° 3: integrado por los Sectores YPF y Playón Oeste.
d) Circuito Electoral N° 4: integrado por los Sectores Playón Este y Vivienda Nueva - Bajo Autopista