A LA JUSTICIA POR MAS DE 20 AÑOS SIN CODIGO AMBIENTAL

También por la Inconstitucionalidad de la Ley N° 5.786 que creó el Área Ambiental Centro

Salud y ambiente CODIGO AMBIENTAL

Ciudad Autónoma de Buenos Aires, 19 de junio de 2018.

 

 

La Constitución de la Ciudad en el año 1996 ordenó la aprobación de un Código Ambiental para la Ciudad de Buenos Aires. En el año 2009, el Plan Urbano Ambiental (PUA) dispuso que debía aprobarse, entre otros, el Código Ambiental, uno de los instrumentos normativos esenciales para operativizar el PUA. 

Desde el año 1996 hasta la fecha, tanto el Poder Ejecutivo como la Legislatura omitieron cumplir con la OBLIGACIÓN CONSTITUCIONAL de aprobar el CÓDIGO AMBIENTAL para la ciudad. 

Esto se agrava con la discusión actual en la Legislatura porteña del nuevo Código Urbanístico sin tratar el Código Ambiental. Los constituyentes imaginaron la discusión conjunta de ambos códigos. 

La falta de un Código Ambiental también permite a la Legislatura aprobar leyes ambientales como cualquier otra norma defraudando la Constitución al violar el procedimiento de doble lectura y las audiencias públicas obligatorias que ésta establece para cualquier modificación del Código Ambiental. 

La omisión inconstitucional de no haber aprobado el Código Ambiental no debe premiar a la Legislatura con la facultad de determinar en forma discrecional si respeta el procedimiento de doble lectura o no para las leyes ambientales que constituirían una modificación del Código Ambiental de haberse aprobado este.

 

Un claro ejemplo de leyes ambientales cuya aprobación parlamentaria burlaron la Constitución de la ciudad y eliminaron toda forma obligatoria de participación ciudadana son la Ley N° 5.786 que creó el Área Ambiental Buenos Aires Centro y la Ley N° 5.966 que autorizó la incineración de residuos con recuperación de energía en la ciudad. 

Por esta razón, presentamos una ACCIÓN DE AMPARO COLECTIVO AMBIENTAL con el OBJETO de que se ordene al GCBA (Poder Ejecutivo) y a la Legislatura de la Ciudad a que inmediatamente inicien el procedimiento de diagnóstico, elaboración y sanción del Código Ambiental de la Ciudad de Buenos Aires (autos caratulados "Asociación Civil Observatorio del Derecho a la Ciudad c/ GCBA s/ Amparo  - Ambiental? Expte. N° A12718-2018/0). 

Por otra parte, la falta de participación ciudadana genera leyes que no atienden a los impactos negativos de su implementación. Un caso paradigmático es la Ley N° 5.786 que creó el Área Ambiental Buenos Aires Centro (aprobada por 29 votos afirmativos y en simple lectura) sin respetar el procedimiento de doble lectura con audiencia pública obligatoria y la mayoría absoluta (31 votos afirmativos) que exige la Constitución. 

Esta Ley establece una prohibición de la circulación general de vehículos motorizados todos los días hábiles de acuerdo a un cronograma de implementación progresiva. Con el inicio de la implementación de esta ley, el 3 de abril de 2018 en el área comprendida entre las avenidas Santa Fe, Belgrano, 9 de Julio y Alem, están surgiendo los siguientes problemas que podría haberse evitado si se otorgaba la debida participación ciudadana:

 

  • Cualquiera que desee ingresar al área afectada por la ley debe sacar un permiso o de lo contrario será multado por las fotos de las cámaras.

  • Según los dueños de las playas de estacionamiento, su recaudación, en el mejor de los casos, llega al 40 % de la recaudación anterior a la Ley. Esto está generando muchísimos despidos. Muchos dueños tienen aún a su personal haciendo solamente tareas de mantenimiento, con la esperanza de que la situación mejore, pero no parece ser el caso.

  • La mayor parte de la gente no está pudiendo solicitar el permiso para ingresar.

  • Según los garajes los clientes mensuales que cuentan con el permiso actualmente son aproximadamente el 10 %.

  • El trámite administrativo para solicitar el permiso a través de la página (único medio posible) es complejo por la cantidad de información solicitada y el poco espacio que da el GCBA para poder subirla.

  • Los kioscos y los restaurantes tienen inconvenientes para abastecerse porque no les entregan mercadería en la puerta como solían hacerlo.

  • Otros rubros que están teniendo inconvenientes son los que brindan servicios de reparación, fotocopiadoras, computadoras y otros servicios como los de plomería. Todo esto hizo que aumente la cantidad de locales cerrados ya que muchas oficinas optan por mudarse debido al difícil acceso.

  • Se congestionan mucho más las avenidas y hay mucho espacio vacante en los estacionamientos a los que no se puede acceder.

  • Todo esto genera mayor contaminación en lugar de reducirla, que es el objetivo manifiesto de la ley.

  • No solo no se puede ingresar, sino que, si se ingresa en el horario permitido, no se puede salir hasta que no termine el horario de veda. Así, todo el mundo sale a la misma hora de la zona y genera un congestionamiento que podría evitarse fácilmente. Próximamente, cuando se incorpore el área de tribunales a la zona de veda, todos los que actualmente se retiraban al mediodía deberán esperar a las 16:00 (y en el futuro hasta las 18:00) para poder retornar de sus trabajos.

  • Si a esto le sumamos que van a restringir el tránsito en avenida Corrientes desde las 19:00, irse del centro va a transformase en une pesadilla.

Contacto:

Observatorio del Derecho a la Ciudad:

Jonatan Emanuel Baldiviezo: (011) 15 3266 7008