El Gobierno Nacional da de baja la licitación del Puerto de Buenos Aires iniciada en la Gestión Anterior

El Gobierno Nacional suspendió la apertura de ofertas para la Licitación Pública de la Concesión de la Terminal Portuaria de PUERTO NUEVO - BUENOS AIRES. Además, dejó sin efecto la Resolución N° 256 de fecha 3 de mayo de 2019 del MINISTERIO DE TRANSPORTE por la cual se aprobaron los Pliegos para la concesión de la Terminal Portuaria de PUERTO NUEVO - BUENOS AIRES”.

Planeamiento urbano y espacio público

A través de la Resolución N° 65/2020 del Ministerio de Transporte, de fecha 18 de marzo de 2020, el Gobierno Nacional suspendió la apertura de ofertas para la Licitación Pública de la Concesión de la Terminal Portuaria de PUERTO NUEVO - BUENOS AIRES, oportunamente programada para el día 20 de marzo de 2020.

 

Además, dejó sin efecto la Resolución N° 256 de fecha 3 de mayo de 2019 del MINISTERIO DE TRANSPORTE por la cual se aprobaron los Pliegos para la concesión de la Terminal Portuaria de PUERTO NUEVO - BUENOS AIRES”.


Instruyó a la ADMINISTRACIÓN GENERAL DE PUERTOS SOCIEDAD DEL ESTADO a que efectúe un análisis y evaluación exhaustiva de la situación actual y futura del PUERTO DE BUENOS AIRES, y proceda a la elaboración de nuevas bases licitatorias que contengan un sano equilibrio entre el negocio que se pretende concesionar y la conservación de las fuentes de trabajo sobre las cuales incide la Jurisdicción Portuaria Nacional.

Los pliegos de la Concesión dada de baja habían establecido que la parte operativa del Puerto se tendría que ir concentrando en los espigones del norte para liberar suelo, seguramente para futuros negocios inmobiliarios. Una vez concentrada la parte operativa en el norte se rellenaría el Río de la Plata para trasladar el puerto a este nuevo terreno ganado al Río de la Plata. Esto constituía una violación al Plan Urbano Ambiental que ordena conservar y consolidar la silueta de la ribera del Río de la Plata.  
Sectores objeto de la Concesión dada de baja


El Decreto N° 870 de fecha 27 de septiembre de 2018, firmado por el Ex Presidente Mauricio Macri, había llamado a Licitación Pública para la concesión de Obra Pública para la construcción, conservación y explotación de la terminal portuaria de PUERTO NUEVO - BUENOS AIRES.

El Decreto N° 1019 del 17 de mayo de 1993, había aprobado los Pliegos de Bases y Condiciones para la “LICITACIÓN PÚBLICA NACIONAL E INTERNACIONAL N° 6/93 PARA LA CONCESIÓN DE TERMINALES PORTUARIAS DE PUERTO NUEVO - CIUDAD DE BUENOS AIRES - REPÚBLICA ARGENTINA", expresando, a la vez, que la ADMINISTRACIÓN GENERAL DE PUERTOS SOCIEDAD DEL ESTADO (en liquidación) continuaría con su gestión como ente responsable del PUERTO BUENOS AIRES.

Los Decretos Nros. 1194 del 6 de junio de 1994, 1195 del 6 de junio de 1994, 1196 del 19 de julio de 1994, 1693 del 1° de septiembre de 1994 y 2123 del 27 de octubre de 1994, ratificaron los Contratos de Concesión suscriptos con las Adjudicatarias de las Terminales Nros. 1, 2, 3, 4 y 5, fijando plazos de duración de hasta VEINTICINCO (25) años, según el caso, y delegaron en la ADMINISTRACIÓN GENERAL DE PUERTOS SOCIEDAD DEL ESTADO (en liquidación) las tareas de contralor del cumplimiento de las obligaciones de los Concesionarios de las Terminales del PUERTO BUENOS AIRES.

Los contratos de concesión correspondiente a las Terminales 1, 2 y 3 tenían un plazo de VEINTICINCO (25) años, mientras que los de las Terminales 4 y 5 tienen una vigencia de VEINTICUATRO (24) y CUATRO (4) años respectivamente. Dichos términos comenzarían a operar a partir de la entrega de tenencia de las mismas.

Las Actas de Tenencia de las Terminales 1 y 2, y 3, se suscribieron el 1° y el 14 de noviembre de 1994, respectivamente, mientras que el 9 de febrero de 1995 y el 16 de mayo de 2016, se han rubricado las Actas de Tenencia de las Terminales 4 y 5, por lo que en atención a lo expuesto precedentemente, los vencimientos de los contratos en cuestión ocurrirán el 1° de noviembre de 2019, el 14 de noviembre de 2019, el 9 de febrero de 2019 y el 15 de mayo de 2020 para las Terminales Portuarias Nros. 1 y 2, 3, 4 y 5, respectivamente.

Los plazos de vigencia de los contratos de concesión de las Terminales 1, 2, 3 y 4 se prorrogaron hasta el 15 de mayo de 2020, por razones de oportunidad, mérito y conveniencia a fin de unificar los plazos de vencimiento referidos, y así dar continuidad al servicio de operación de dichas terminales hasta tanto se adjudique el mismo a un nuevo operador.

El MINISTERIO DE TRANSPORTE dictó la Resolución N° 1064 del 3 de diciembre de 2018, y prorrogó la
vigencia de los Contratos de Concesión de las Terminales Nros. 1, 2, 3 y 4 hasta el 15 de mayo de 2020, con
el objeto de igualar la finalización de cada uno de ellos con la fecha de expiración del Contrato de la Terminal N° 5.