🔥 Costa Salguero: Larreta volvió a prorrogar la concesión a Telemetrix hasta 2022

Otro fraude democrático y constitucional. El GCBA prorrogó segunda vez la concesión de Costa Salguero a Telemetrix, esta vez hasta 2022. Mantiene viva la privatización para que los predios no vuelvan a la ciudadanía porteña. Según el GCBA "resulta económicamente conveniente para el interés público".

  

Costa Salguero: Larreta volvió a prorrogar la concesión a Telemetrix hasta 2022

 

Otro fraude democrático y constitucional

  

                                                            Por Jonatan Baldiviezo y María Eva Koutsovitis

 

RESUMEN

El GCBA prorrogó segunda vez la concesión de Costa Salguero a Telemetrix, esta vez hasta 2022. Mantiene viva la privatización para que los predios no vuelvan a la ciudadanía porteña. Según el GCBA "resulta económicamente conveniente para el interés público".

 

Prorrogar para que lo público nunca sea de acceso público.

El 3 de febrero se daba por terminada la audiencia pública por la modificación normativa aplicable al predio Costa Salguero. Más de 7000 personas se inscribieron y 2.058 personas tomaron la palabra. El 98% manifestó su rechazo a la construcción de la muralla de torres de hasta 10 pisos en la Costanera y de toda privatización transitoria o definitiva de este predio, y pidieron que se respete la constitución para que la totalidad del predio de Costa Salguero se transforme en un parque público de acceso libre y gratuito.

A los dos días, el 5 de febrero, el GCBA a través de la Resolución Nº 3/SSABI/21[1] de la Subsecretaría de Administración de Bienes Inmuebles, a cargo del Sr. Carlos Alberto Rapisarda, decidió prorrogar a la firma TELEMETRIX S.A. la extensión del plazo de vigencia del contrato de concesión en relación con la totalidad de la parcela de terreno conocida como "Costa Salguero”[2], desde el 1° de mayo de 2021, hasta el 31 de julio de 2021 respecto de los espacios identificados como Sector Nº1 a Nº6, Nº9 a Nº16, Nº19 y Nº23 a Nº24, y hasta el 31 de diciembre de 2021 respecto de los espacios identificados como Nº7 a Nº8, Nº17 a Nº18, Nº20 a Nº22 y Playas de Estacionamiento N° 2 y 4, de conformidad con el plano Anexo I[3].

Ahora, en el Boletín Oficial del 13 de agosto, se publicó la Resolución N° 45/SSABI/2020 de fecha 4 de agosto de 2021, se prorrogó, por segunda vez, a la firma Telemetrix la concesión de “Costa Salguero” hasta el 31 de diciembre de 2021 respecto de los espacios identificados como sectores Nº 9 y 10, y hasta el 31 de diciembre de 2022 respecto de los espacios identificados sectores N° 1 a 8, y N° 11 a 22. 

Prórroga hasta el 31 de diciembre de 2021.

Sector Nº 09 – Borders Parking S.R.L.

Sector Nº 10 – D.R. S.A. (Golf)

 

Prórroga hasta el 31 de Diciembre de 2022.

Sector Nº 01 – Estación de Servicio EG3 Red S.A.

Sector Nº 02 – Cordasco Motohaus S.A.

Sector Nº 03 – Cordasco Motos Costanera S.R.L.

Sector Nº 04 – ID Salud S.A.

Sector Nº 05 – Sánchez Héctor Enrique.

Sector Nº 06 – Sánchez Héctor Enrique.

Sector Nº 07 – Alfacar S.A.

Sector Nº 08 – Salguero S.A.

Sector Nº 11 – Jurado Golf S.A.

Sector Nº 12 – Alma Golf S.A.

Sector Nº 13 – Hoteles del Sol S.A.

Sector Nº 14 – Jervo S.A.

Sector Nº 15 – Salguero Eventos S.A.

Sector Nº 16 -

Sector Nº 17 - Borders Parking S.R.L.

Sector Nº 18 - Borders Parking S.R.L.

Sector Nº 19 – Fútbol Mesias S.A.

Sector Nº 20 – Centro Costa Salguero S.A. (Pabellón 1 al 6 – Playa de Estacionamiento 2 y 4)

Sector Nº 21 – Emprendimientos Costanera S.A.

Sector Nº 22 – Altas Inversiones S.A.

Sector Nº 23 – Del Plata Deportes S.R.L.

Sector Nº 24 – Del Plata Deportes S.R.L.

 

¿Otra Victoria Ciudadana?

Desde que Rodríguez Larreta asumió como Jefe de Gobierno una de sus principales ocupaciones ha sido no permitir que la Costanera vuelva a ser de uso público como lo establece la Constitución de la Ciudad y que estos predios únicos sigan siendo explotados comercialmente y rentísticamente por privados afines a su gestión.  

De esta forma, el 26 de abril de 2018, logró que la Legislatura porteña le aprobara un proyecto de ley de su autoría (Expte. 3221-J-2017) a través de la Ley N° 5.961 que creó el Distrito Joven. Su objeto principal fue autorizar la reprivatización a través de concesiones a 10 años.

Esto no fue suficiente, y decidió avanzar con la privatización definitiva de Costa Salguero. Remitió el proyecto de ley N° 3033-J-2019 que fue aprobado como la Ley N° 6.289. La venta del predio fue autorizada a condición de que se otorgara una nueva normativa urbanística que habilitara un proyecto inmobiliario. Por este motivo, remitió otro proyecto de ley (Expte. N° 2094-J-2020) que fue votado en 1ra lectura el 8 de octubre de 2020.

La presentación de este último proyecto de ley generó una histórica movilización ciudadana en la Ciudad de Buenos Aires que mantiene la misma intensidad del inicio y que ha logrado algunas conquistas en este camino de defensa de la Costanera.

1. Rodríguez Larreta había calculado que la votación de este proyecto pasaría tan desapercibida como la votación de la Ley N° 6.289 que casi no tuvo cobertura mediática. La ciudadanía logró romper el cerco mediático y también el cerco político que protege y oculta el plan sistemático de privatización de tierras públicas en la ciudad.

2. El plan del Jefe de Gobierno consistía en realizar la segunda votación (2da lectura) de este proyecto en una de las clásicas maratónicas sesiones de fin de año luego de realizarse la audiencia pública en el mes de noviembre de 2020. No contó con la exorbitante vitalidad democrática de la población porteña que por la cantidad de personas inscriptas logró que la audiencia pública no durara un par de días sino dos meses. Esta audiencia pública, la más larga de la historia de la ciudad y posiblemente de la Argentina, impidió el tratamiento del proyecto en las sesiones de fin de año, obligando al oficialismo a trasladar el debate para el año 2021.

3. La postergación del tratamiento fue acompañada de una medida cautelar dictada por la justicia de la ciudad que ordena suspender la venta del predio de Costa Salguero autorizado por la Ley N° 6.289 en el marco de un amparo colectivo presentado por el Observatorio del Derecho a la Ciudad, la Cátedra de Ingeniería Comunitaria, el IPYPP, la Defensoría de Laburantes y la diputada Gabriela Cerruti.

4. Rodríguez Larreta había conjeturado tener aprobada la estructura jurídica para vender el predio de Costa Salguero antes de la finalización de la concesión. La presión ciudadana ha llevado a que el oficialismo no haya podido resolver esta cuestión antes de la finalización del plazo y se vieron obligados a tener que prorrogar la concesión. ¿Por qué? Porque su principal argumento tenía como eje la necesidad de vender una parte de la costanera para recuperar el resto del predio que actualmente se encontraba privatizado y en manos de Telemetrix. Un argumento sin el más mínimo fundamento.

Pero la actual privatización total del predio daba pie para argumentar que ahora sólo se vendía una parte. Con el cese de la concesión sale a la luz que la totalidad del predio vuelve a manos del GCBA y que se tiene que garantizar el acceso público, libre y gratuito, y empezar con la construcción de un gran parque público. Todo esto sin la necesidad de privatizar ni un m2.

Esta gestión sabe que es más fácil privatizar un predio que sigue en manos privadas que privatizar un predio que ya es un espacio público.

Esta prórroga de la concesión tiene por objeto mantener el predio privatizado, pero a costa de sincerar las verdaderas intenciones de la gestión de Rodríguez Larreta por más que se alegue que la intención es recuperarla para la ciudadanía: “la costanera debe seguir siendo explotada por privados incrementando la caja política del gobierno”.

5. La Resolución de prórroga de la concesión fue dictada el 5 de febrero. Recién fue publicada en el Boletín Oficial de fecha 9 de abril de 2021, dos meses después. El oscurantismo llevado adelante por el GCBA que se orgullece de su transparencia, también es otro logro de la ciudadanía. Lo que en la gestión pública se oculta es porque no respeta la ley o es parte de la corrupción entendida ésta como buscar el beneficio de unos pocos por sobre el bien común. Es otro logro de la ciudadanía porque hacer que surja con claridad el carácter antirepublicano y antidemocrático de la simbiosis de privados y del GCBA para los negociados inmobiliarios.

6. El GCBA sabiendo que su proyecto inmobiliario en Costa Salguero no camina extendió la concesión nuevamente hasta fines del año 2022. Parece el reconocimiento de una derrota con relación a la venta del predio. Por este motivo, insiste con mantener viva la concesión.

En definitiva, el GCBA, por ahora, ha decidido postergar el tratamiento de la segunda lectura del proyecto para después de las elecciones de este año para evitar más costos políticos preelectorales.

Todavía la voluntad férrea del GCBA para privatizar de forma definitiva la costanera no ha sido doblegada.

Un claro ejemplo es la Disposición N°3/DGPAR/2021[4], del 5 de abril de 2021, que autoriza la Licitación Pública N° 2051-0438-LPU21, para la contratación de “Servicio Profesional especializado en estudios generales conjuntos: instalaciones sanitarias, hidráulicas, extinción de incendios, riego, electricidad completa e iluminación para el Proyecto Costa Salguero”.

También se dictó el mismo día la Disposición N° 4/DGPAR/2021[5], que autoriza la Licitación Pública N° 2051-0437-LPU21, para la contratación de “Servicio Profesional especializado en asesorías de ingeniería estructural para el proyecto 'Costa Salguero”.

El proyecto de Costa Salguero del que hablan ambas Disposiciones es el que aún no fue aprobado por la Legislatura porteña y que en la siguiente imagen queda de manifiesto que consiste en un paredón de cemento de un complejo inmobiliario que separará a la ciudad de su río. En los Pliegos[6][7] se expresa: “El proyecto final a ejecutar, producto de concurso público, queda determinado por tres áreas La primera de perfil urbanizable, con usos comerciales y paseo contenido; la segunda relacionada con un parque estanco urbano de permanencia y eventual circulación; y la tercera, una franja rivereña que explora una circulación dinámica, pero con espacios que dan lugar a la contemplación y el esparcimiento.

Pero que Rodríguez Larreta aún no haya podido concretar sus deseos, acostumbrado a dominar los tres poderes del estado, los organismos de contralor, a conseguir cada vez más superpoderes y a sostener una imagen impoluta, es una gran victoria de la ciudadanía. 

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Historia de una concesión Vip

La concesión de Costa Salguero debió vencer el 30 de abril de 2021 al cumplirse el plazo de 30 años.

Un poco de historia. La concesión de Costa Salguero encuentra su origen en un Acta Acuerdo suscripta con la Administración General de Puertos (AGP) con fecha 9/11/1987, por la cual se le otorgaba a Telemetrix S.A. un permiso de ocupación de la fracción de terreno ubicado en Av. Rafael Obligado y Jerónimo Salguero. Luego, se suscribió el 29 de diciembre de 1988 un contrato con la AGP que le otorgaba un permiso de uso del predio por el plazo de 10 años.

Posteriormente, el 24 de enero de 1992 mediante Resolución AGPSE N° 025/92 se reemplazó la calificación contractual por “concesión de uso” y se estableció un plazo de 30 años a computar desde el 1° de mayo de 1991. Luego, el 13/07/2001, se promulgó la Ley nacional N° 25.436, a través de la cual se transfirió a la Ciudad Autónoma de Buenos Aires el dominio total de este predio. A lo largo de todos estos años, Telemetrix reconoce que ha realizado 18 hectáreas aproximadamente de rellenos. Actualmente, Telemetrix administra veinticuatro (24) subconcesiones en las cuales se desarrollan distintas actividades deportivas, culturales, sociales y comerciales.

Actualmente, Telemetrix debería abonar un canon de $ 1.069.641 mensuales por el período noviembre 2020 a abril 2021. ¿Cuánto paga Telemetrix por m2 de superficie que explota? De acuerdo a información del GCBA, el predio de Costa Salguero tiene una superficie de 185.515 m2. Por lo tanto, la concesionaria paga tan solo $5,75 por m2 de superficie sin contabilizar los metros cuadrados construidos donde, por ejemplo, los pabellones sólo sumarían 20 mil m2 más y la mitad del predio está cubierto de edificios (98.942 m2). Con estos valores, por un departamento de 50 m2, Telemetrix pagaría $288, casi un monto 100 veces menos al del mercado.

En la Resolución N° 45/SSABI/2020 se informa que la Gerencia Operativa Fiscalización de Concesiones y Permisos se ha expedido mediante IF-2021-22199435-GCABA-DGCOYP y ha expresado que “...que el canon actual asciende a la suma de $ 954.134,66 mensuales conforme Disposición Nº DI-2019-87-GCABA-DGCOYP...”.

Durante los meses de abril a noviembre de 2020, estuvo vigente la DI-2020-21-GCABA-DGCOYP, ratificada por Resolución del Ministro RESOL-2020-298-GCABA-MDEPGC, por la cual se suspendió el cobro del canon por el “aislamiento social, preventivo y obligatorio” a Telemetrix.

Con la Disposición Nº DI-2020-178-GCABA-DGCOYP del 18 de diciembre de 2020 se dispuso dejar sin efecto la suspensión de cobro del canon, debiendo abonar un monto resultante de aplicar el 52% sobre el valor del canon vigente a ese momento, y hasta tanto se rehabilite en un 100% la actividad para la que fuera otorgada. El 52% del valor del canon actualmente es de $ 556.213, importe que será abonado hasta tanto se rehabilite el pago del 100% del canon.

Telemetrix por la suspensión de los pagos adeuda al GCBA por los meses de abril a noviembre 2020 un monto total de $ 7.748.58 y por los meses de diciembre 2020 a febrero de 2021 un monto de $ 3.208.923.

 

 

La Inconstitucionalidad de la prórroga.

El predio de Costa Salguero tiene como destino actual el de Parque Público y, por tanto, resulta inconstitucional toda privatización o prórroga de privatización sobre este predio.

El artículo 8º de la CCABA establece que los espacios que formaban parte del contorno ribereño de la Ciudad son públicos y de libre acceso y circulación. En la misma senda, el artículo 27, inciso 3, promueve el incremento de los espacios públicos de acceso libre y gratuito, en particular la recuperación de las áreas costeras, y garantiza su uso común.

El artículo 9º, inciso 4) del Plan Urbano Ambiental estipula que se debe destinar a uso público los predios de dominio estatal que se desafectaban en las riberas.

La Ley N° 5.961, que creó el Distrito Joven, incorpora al Código Urbanístico, en cuyo Anexo II, en el punto disposiciones particulares del Sector 5 (que corresponde al predio Costa Salguero), que el destino del predio será de “… Sector 5 -Parque Público. Recreativo. Cultural y Esparcimiento”.

El Código Urbanístico establece que “[s]e promueve la maximización de la accesibilidad y la posibilidad de uso recreativo de las riberas de los cursos de agua que rodean a la Ciudad, a través de las siguientes acciones: (…) d. Destinar a uso público a los predios de dominio estatal que se desafecten en las riberas (…) Las tierras que en el futuro se incorporen por accesión al territorio de la Ciudad a partir de la línea de costa, quedarán afectadas al Área Urbanización Parque” (Art. 7.1.5. Ribera Accesible).

Finalmente, la Ordenanza N° 46.229 establece que “no se podrá otorgar concesión, cesión, transferencia de dominio, tenencia precaria, permiso de uso ni cambio de destino de todo espacio destinado a parque, plazas, plazoletas y de todo otro espacio verde de uso público, se encuentre parquizado, jardinizado o no, perteneciente al dominio público municipal…".

El GCBA sostiene que los superpoderes otorgados por la Ley de Emergencia Económica y Financiera N° 6.301[8], prorrogados por la Ley N° 6.384 de Presupuesto de Administración Gubernamental, facultan al Poder Ejecutivo a prorrogar esta concesión.

Las facultades a las que se refieren estas leyes implican la posibilidad de suspender, resolver, revocar, rescindir, o modificar las condiciones esenciales de las contrataciones en cuestión, pero no implican la facultad de desconocer normas constitucionales y legales de planificación y destino de la tierra pública. Además, la Ley N° 70 expresamente establece que las leyes de Presupuesto “no pueden contener disposiciones de carácter permanente, no puede reformar o derogar leyes vigentes, ni crear, modificar o suprimir tributos u otros ingresos”.

Por estos motivos, el Observatorio del Derecho a la Ciudad (ODC), la Cátedra de Ingeniería Comunitaria (CLIC), el IPYPP, la CTA Capital y la Defensoría de Laburantes cuestionarán la constitucionalidad y legalidad de esta prórroga y continuidad de la concesión de Costa Salguero.

El GCBA sostuvo en la Resolución de prórroga que si se libera el predio van a ocurrir “intrusiones y actos de vandalismo” y que no se cuenta con el presupuesto necesario para afrontar los costos de custodia y mantenimiento.

Mientras tanto siguen regalando miles de millones de pesos para la infraestructura del emprendimiento privado Parque de la Innovación, para la construcción y equipamiento del edificio del Tiro Federal, etcétera, y a la comunidad porteña le plantean que para tener espacios públicos seguros hay que privatizar.

 

Escribí acá la descripción del archivo.

[1] https://documentosboletinoficial.buenosaires.gob.ar/publico/ck_PE-RES-MDEPGC-SSABI-3-21-6094.pdf

[2] Delimitada por el Río de la Plata, el canal de desagüe Arroyo Ugarteche, la Avenida Costanera Rafael Obligado y la Avenida Presidente Ramón J. Castillo -incluyendo todos los terrenos anexos a la parcela principal ganados al Río de la Plata en virtud de trabajos realizados, o por accesión o aluvión- conforme Plano de Mensura N ° 31-C-2002, nomenclatura catastral Parcela 0, Manzana 184, Sección 15, Circunscripción 19.

[3] https://documentosboletinoficial.buenosaires.gob.ar/publico/PE-RES-MDEPGC-SSABI-3-21-ANX.pdf

[4] https://documentosboletinoficial.buenosaires.gob.ar/publico/ck_PE-DIS-MJGGC-DGPAR-3-21-6092.pdf

[5] https://documentosboletinoficial.buenosaires.gob.ar/publico/ck_PE-DIS-MJGGC-DGPAR-4-21-6092.pdf

[6] https://documentosboletinoficial.buenosaires.gob.ar/publico/PE-DIS-MJGGC-DGPAR-3-21-ANX-1.pdf

https://documentosboletinoficial.buenosaires.gob.ar/publico/PE-DIS-MJGGC-DGPAR-3-21-ANX.pdf

[7] https://documentosboletinoficial.buenosaires.gob.ar/publico/PE-DIS-MJGGC-DGPAR-4-21-ANX-1.pdf

https://documentosboletinoficial.buenosaires.gob.ar/publico/PE-DIS-MJGGC-DGPAR-4-21-ANX.pdf

[8] Que declaró la emergencia la situación económica y financiera de la Ciudad de Buenos Aires a partir de su entrada en vigencia y hasta el 31 de diciembre de 2020.