2017 - 05 - La Justicia Ratifica que el Nuevo Código Urbanístico debe ser discutido ampliamente con la ciudadanía

Planeamiento urbano y espacio público CODIGO URBANISTICO

Ciudad Autónoma de Buenos Aires, 02 de Mayo de 2017.

 

            En fecha 20 de abril de 2017, en la causa caratulada ?BALDIVIEZO JONATAN EMANUEL; Y OTROS CONTRA GCBA POR APELACION - AMPARO - GENERICO, Expte. N° A24068-2016/2, la Sala I de la Cámara en lo Contencioso-Administrativo y Tributario de la Ciudad ratificó la medida cautelar otorgada en primera instancia y dispuso que:   

"El GCBA adopte las medidas tendientes a garantizar la participación ciudadana en el proceso de elaboración del proyecto de nuevo Código Urbanístico, de conformidad con lo establecido en los artículos 27 de la Constitución de la Ciudad; 25 y 29 del Plan Urbano Ambiental y 5, inc. d., de la ley 71". 

En concreto, el GCBA deberá convocar al tratamiento del nuevo Código Urbanístico en el ámbito del Foro Participativo Permanente. Se ordenó la implementación de adecuadas medidas de publicidad de las convocatorias para garantizar la notificación de todas aquellas personas que pudieran tener interés en participar. 

- La publicación de la convocatoria deberá realizarse con una antelación no menor a veinte (20) días corridos respecto de la fecha de la realización del debate y en espacio razonable.

-En dos (2) de los diarios de mayor circulación en la Ciudad en días diferentes y durante al menos un (1) día, a costa de la autoridad convocante.

- En el Boletín Oficial de la Ciudad, durante un período de dos (2) días.

- En la emisora radial y en el canal de televisión de la ciudad, a razón de un (1) minuto cada cuatro (4) horas durante un período de diez (10) días.

- En el sistema WAP de la Ciudad durante un período de cinco (5) días.

- En las páginas oficiales de Internet del GCBA desde la convocatoria y hasta su celebración (confr. art. 44 de la ley 6).

- La publicación deberá indicar la autoridad convocante, una relación del objeto, y el lugar, día y hora de la celebración.

- Las publicaciones deberán acreditarse ante el juzgado de primera instancia dentro del plazo de dos (2) días a partir de su cumplimiento.

 

En cumplimiento a la medida cautelar otorgada por el juez de primera instancia, el GCBA ya comenzó a iniciar reuniones por las Comunas de la Ciudad. 

1. Para INSCRIBIRTE en las reuniones por COMUNA acá: 

http://www.buenosaires.gob.ar/desarrollourbano/abren-la-convocatoria-para-participar-en-los-nuevos-codigos-de-edificacion-y

 

2. Para PARTICIPAR en el FORO PARTICIPATIVO PERMANENTE la inscripción se realiza acá: 

foropp@buenosaires.gob.ar 

detallando: NOMBRE, APELLIDO, DNI, TELÉFONO, INSTITUCIÓN (si corresponde)

 

3. Para ACCEDER A LA DOCUMENTACIÓN oficial en relación al Código Urbanístico y al Nuevo Código de Edificación acá: 

http://www.buenosaires.gob.ar/desarrollourbano

 

4. Para enviar CONSULTAS Y APORTES para el NUEVO CÓDIGO URBANÍSTICO

codurbanistico@buenosaires.gob.ar

 

5. Para enviar CONSULTAS Y APORTES para el NUEVO CÓDIGO DE EDIFICACIÓN

codedificacion@buenosaires.gob.ar

 

6. Estamos RECIBIENDO PROPUESTAS de la ciudadanía desde el Observatorio del Derecho a la Ciudad para peticionar su incorporación en el nuevo Código Urbanístico acá: 

https://docs.google.com/forms/d/19pdH_qeHjkjruxmEDBzLhz1bdbpYQ-oMSTorMpbDw8U/viewform?edit_requested=true 

o al Mail: observatorioderechoalaciudad@gmail.com

 

Reiteramos que el contenido de este nuevo Código Urbanístico está más preocupado por los problemas jurídicos de las desarrolladores inmobiliarias, por alimentar a la especulación inmobiliaria y por cuestiones de forma (morfológicas), que por atender las verdaderas y prioritarias necesidades de los porteños. 

 

Este proyecto no tiene normas ni herramientas urbanísticas que consideren los principales problemas de la ciudad:  el aumento de familias inquilinas, la pérdida de espacios verdes, los procesos de gentrificación de los barrios, el colapso de los servicios públicos, la sobreconstrucción y la pérdida de las identidades barriales, la falta de democracia en la discusión de la planificación, la mercantilización y privatización de lo público, la disminución grave del banco de tierras públicas, el deterioro ambiental, la destrucción del arbolado público, la especulación inmobiliaria, la crisis habitacional, la distribución desigualitaria de la riqueza producida por la ciudad, etc.  

PROPONEMOS QUE SE INCORPOREN, entre otros, los siguientes PRINCIPIOS, DERECHOS E INSTRUMENTOS URBANÍSTICOS generales orientados a atender las necesidades de los habitantes de la ciudad:

 

1. Captura de plusvalía urbana.

2. Política de incorporación de inmuebles ociosos.

3. Incorporación de procesos de Evaluación de Impacto Ambiental Acumulativo y Estratégico.

4. Normas de planificación que contemplen las inundaciones.

5. Congelamiento del precio del suelo ante construcción de viviendas de interés público (anuncio de proyecto) y control de precios.

6. Porcentaje obligatorio de viviendas de interés social en proyectos de construcción de viviendas privadas.

7. Operatividad del principio de progresividad en el incremento de espacios verdes públicos.

8. Sujeción de la construcción a la capacidad de los servicios públicos del sector.

9. Políticas a fin de evitar la gentrificación.

10. Impedir la mercantilización y privatización de lo público.

11. Incremento del Banco de Tierras Públicas y freno a la venta indiscriminada de suelo de la Ciudad.

12. Instrumentos de transparencia, acceso a la información, publicidad de los expedientes de obra y garantía de acceso a la justicia.

13. Impulso a la Agroecología urbana.

14. Políticas efectivas de protección del patrimonio de la Ciudad.

15. Estudios de compatibilidad socio-ambiental entre la obra a construir y las parcelas aledañas.

16. Políticas de incorporación de viviendas para alquiler social.

CONTACTO:

Observatorio del Derecho a la Ciudad:

Jonatan Baldiviezo:    (011) 15 3266-7008

observatorioderechoalaciudad@gmail.com